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¿En qué consiste el delito?

Delito que castiga al padre, madre o demás ascendientes (abuelos, bisabuelos, etc.) que dentro de las 48 horas después del parto maten al recién nacido.

 

¿Dónde está regulado el delito?

El infanticidio está regulado en el artículo 394 del Código Penal

 

 ¿Cuál es la pena del delito?

Presidio mayor en su grado mínimo a medio. Esto es, 5 años y 1 día a 15 años. Para comprender mejor el sistema de penas en Chile haz clic aquí.

 

Aspecto criticable 

Si la categoría de Infanticidio no existiese dentro del código penal, estos delitos pertenecerían a la categoría de Parricidio, cuya pena es muy superior.

Lo anterior, a nuestro juicio, hace suponer que – dentro de las 48 horas después del parto – la vida de un recién nacido vale menos que la de los demás. Esto atenta contra el principio de la dignidad humana que la Constitución expresamente consagra.